José Martínez San Martin 

Administrador Municipal

Existirá un administrador municipal en todas aquellas comunas donde lo decida el concejo a proposición del alcalde. Para desempeñar este cargo se requerirá estar en posesión de un título profesional.
Será designado por el alcalde y podrá ser removido por éste o por acuerdo de los dos tercios de los concejales en ejercicio, sin perjuicio que rijan además a su respecto las causales de cesación de funciones aplicables al personal municipal.
El administrador municipal será el colaborador directo del alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente del municipio, y en la elaboración y seguimiento del plan anual de acción municipal y ejercerá las atribuciones que señale el reglamento municipal y las que le delegue el alcalde, siempre que estén vinculadas con la naturaleza de su cargo.
En los municipios donde no esté provisto el cargo de administrador municipal, sus funciones serán asumidas por la dirección o jefatura que determine el alcalde. El cargo de administrador municipal será incompatible con todo otro empleo, función o comisión en la Administración del Estado.(artículo 30, ley 18.695)


 


Funciones y atribuciones

Colaborar directamente con el(la) Alcalde(sa) en las tareas de coordinación y gestión permanente del municipio.

Reglamento Interno

 
  • Coordinar y hacer seguimiento de los Planes de Acción de la Municipalidad junto con la implementación de medidas a partir de insumos entregados por la Secretaría Comunal de Planificación.
  • Planificar y ejecutar las tareas de coordinación permanente de todas las unidades municipales y servicios municipalizados, de acuerdo a las instrucciones del(a) Alcalde(sa).
  • Colaborar con las unidades correspondientes en la preparación y elaboración de los instrumentos de gestión municipal y formulación de políticas de gestión interna.
  • Participar en la elaboración y evaluación del, presupuesto y en las políticas, planes, programas y proyectos.
  • Coordinar y supervisar la planificación presupuestaria.
  • Coordinar con las otras unidades municipales, los gastos de inversión en la Municipalidad necesarios para la adecuada gestión municipal y los gastos de operación.
  • Organizar, en caso de emergencia, los medios humanos y materiales para prestar auxilio a la comunidad, en virtud de orden o disposición Alcaldicia.
  • Coordinar las actividades programadas por la Municipalidad, de acuerdo a las correspondientes asignaciones de las tareas por parte del(a) Alcalde(sa).
  • Velar por el cumplimiento de las disposiciones del Estatuto Administrativo Municipal, la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y demás normas internas de administración.
  • Canalizar, atender y solucionar o proponer soluciones, a las solicitudes, sugerencias y reclamos que la comunidad represente en esa unidad.
  • Ejercer las Funciones de Alcalde(sa) subrogante, en ausencia del titular, de acuerdo decreto de subrogancia.

Funciones y Atribuciones

  • Cumplir las demás Funciones que la legislación vigente o el(la) Alcalde(sa) le asigne.
  • Colaborar directamente con el Sr. Alcalde en las tareas de coordinación y gestión permanente del Municipio, y en la elaboración y seguimiento del plan anual de acción municipal y ejercer las atribuciones que le delegue el Alcalde.
  • Supervisar, controlar y dirigir las acciones relacionadas con las Unidades y Programas de su dependencia directa.
  • Ejecutar tareas de coordinación de todas las unidades municipales y servicios municipalizados.
  • Velar por el adecuado cumplimiento de la gestión y ejecución técnica de las políticas, planes y programas de la municipalidad.
  • Ejercer las atribuciones que le delegue el Alcalde.
  • Controlar el correcto y oportuno cumplimiento de las tareas asignadas a las distintas unidades municipales por acuerdo del Concejo Municipal.
  • Vigilar el buen estado de las finanzas municipales, velando por la reducción de costos, y por mejores ingresos.
  • Participar en reuniones de coordinación entre las distintas Unidades municipales y prestar el apoyo necesario, para tomar resoluciones que afecten a la comunidad.
  • Mantener informado al Sr. Alcalde sobre el que hacer municipal y el funcionamiento del personal.
  • Autorizar los permisos, feriados legales y compensaciones de los Funcionarios de la Ilustre Municipalidad de Portezuelo.
  • Cualquier otra función que le encomiende el Sr. Alcalde, relacionada con su función. Velar por la aplicación de los programas de gestión municipal.
  • Coordinar el plan de evaluación individual del desempeño y sistema de recompensa e incentivos (Programas de Mejoramiento de Gestión).
  • Coordinar los procesos de capacitación del personal municipal. Asistir a las Sesiones Ordinarias del Concejo Municipal.
  • Fiscalizar en terreno situaciones específicas y constatar el cumplimiento de funciones municipales.
  • y Programar la realización de actividades específicas de la unidad y sus dependencias.

 


CONTACTO

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