Funciones y Atribuciones
Podrá autorizar la ejecución de construcciones provisorias por una sola vez, hasta por un máximo de tres años, en las condiciones que determine en cada caso. Sólo en casos calificados podrá ampliarse este plazo, con la autorización expresa de la Secretaría Regional respectiva del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo En aquellas propiedades que no cumplan con las disposiciones del Plan Regulador y que fueren parcialmente afectadas por siniestros, las Direcciones de Obras Municipales podrán autorizar la ejecución de trabajos de emergencia y de carácter transitorio, destinados a su mantenimiento, por un plazo no mayor a seis meses, el que sólo podrá ser prorrogado por una sola vez hasta por otro periodo igual, siempre que existan causas justificadas. (Artículos 123 y 124, Ley General de Urbanismo y Construcciones)
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Velar por el cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones,
del Plan Regulador Comunal y de las Ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes
atribuciones específicas:
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Dar aprobación a las Subdivisiones, Fusiones de predios urbanos rurales.
- Dar aprobación a los proyectos de Obras de Urbanización de construcciones que se efectúen en las áreas urbanas
y urbano-rura es, sean obras nuevas, ampliaciones, transformaciones u otras.
- Otorgar permisos de edificación de las obras señaladas en el punto anterior:
Es responsable de la administración de la Dirección de Obras Municipales.
En particular formular políticas y normas, coordinar acciones al interior de ella y con las demás Unidades de
la I. Municipalidad y dar asesoría de sucompetencia al Alcalde.
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En particular formular políticas y normas, coordinar acciones al interior de ella y con las demás Unidades de la I. Municipalidad y dar asesoría de sucompetencia al Alcalde.
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Programar, organizar, ejecutar, dirigir, evaluar y controlar las labores del Departamento a su cargo. Velar para que este a disposición del público, toda la información vigente, de acuerdo a normas generales (Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, Ordenanza Local Plan Regulador), que afecta a un predio a objeto de llevar a cabo un proyecto o trámite.
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Velar por la permanente actualización del Catastro de la Comuna. Preparar informe de Usos de suelos, dando cumplimiento al Plan Regulador Comunal e Intercomunal y su Ordenanza General de Urbanismo y Construcción
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Dar a conocer al público la Ordenanza del Plan Regulador. (Reglamento Interno Municipal)