Ruben Figueroa Llanos

Director de secretaría Comunal de Planificación (SECPLAN)

La Secretaría Comunal de Planificación (SECPLAN) desempeñará funciones de asesoría del alcalde y del concejo, en materias de estudios y evaluación, propias de las competencias de ambos órganos municipales.


 


Funciones y atribuciones

En tal carácter, le corresponderán las siguientes funciones:

 

Reglamento Interno

 
  • a) Servir de secretaría técnica permanente del alcalde y del concejo en la formulación de la estrategia municipal, como asimismo de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la comuna;
  • b) Asesorar al alcalde en la elaboración de los proyectos de plan comunal de desarrollo y de presupuesto municipal;
  • c) Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y el presupuesto municipal, e informar sobre estas materias al concejo, a lo menos semestralmente;
  • d) Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de la situación de desarrollo de la comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales;
  • e) Elaborar las bases generales y específicas, según corresponda, para los llamados a licitación, previo informe de la unidad competente, de conformidad con los criterios e instrucciones establecidos en el reglamento municipal respectivo;
  • f) Fomentar vinculaciones de carácter técnico con los servicios públicos y con el sector privado de la comuna, y
  • g) Recopilar y mantener la información comunal y regional atingente a sus funciones.

  • Artículo 25.- A la unidad encargada de la función de medio ambiente, aseo y ornato corresponderá velar por:
    • a) El aseo de las vías públicas, parques, plazas, jardines y, en general, de los bienes nacionales de uso público existentes en la comuna;
    • b) El servicio de extracción de basura;
    • c) La construcción, conservación y administración de las áreas verdes de la comuna;
    • d) Proponer y ejecutar medidas tendientes a materializar acciones y programas relacionados con medio ambiente;
    • e) Aplicar las normas ambientales a ejecutarse en la comuna que sean de su competencia, y
    • f) Elaborar el anteproyecto de ordenanza ambiental. Para la aprobación de la misma, el concejo podrá solicitar siempre un informe técnico al Ministerio del Medio Ambiente.

Funciones y Atribuciones

  • 1. Servir de secretaría técnica permanente del(la) Alcalde(sa) y del Concejo en la formulación de la estrategia municipal, como asimismo, de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la comuna.
  • 2. Asesorar al(a) Alcalde(sa) en la elaboración de los proyectos de Plan Comunal de Desarrollo y de Presupuesto Municipal.
  • 3. Asesorar al (la) Administrador(a) municipal en todas aquellas materias que le haya delegado el(la) Alcalde(sa) y en las demás materias que el (la) Administrador(a) le solicite.
  • 4. Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y el presupuesto municipal e informar sobre estas materias al Concejo, a lo menos semestralmente.
  • 5. Implementar Sistema Control de Gestión Municipal: recopilar, sistematizar y analizar información referente a los planes de acción junto con informar a Administrador Municipal y Alcalde(sa) sobre la materia.
  • 6. Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de la situación de desarrollo de la comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales.
  • 7. Elaborar las bases generales y específicas, según corresponda, para los llamados a licitación, previo informe de la unidad competente, de conformidad con los criterios e instrucciones establecidos en el presente Reglamento Municipal.
  • 8. Fomentar vinculaciones de carácter técnico con los servicios públicos y con el sector privado de la comuna.
  • 9. Recopilar y mantener la información comunal y regional atingente a sus Funciones.
  • 10. Adscrito a esta unidad existirá el Asesor Urbanista, a quien corresponden las siguientes Funciones:
    • Asesorar al(a) Alcalde(sa) y al Concejo en la promoción del desarrollo urbano;
    • Estudiar y elaborar el plan regulador comunal, y mantenerlo actualizado, promoviendo las modificaciones que sean necesarias y preparar los planes seccionales para su aplicación
    • Analizar técnicamente las proposiciones sobre planificación urbana intercomunal, formuladas al municipio por la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo.
  • 11. Velar por el cumplimiento de las disposiciones del Estatuto Administrativo Municipal, la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades y demás normas internas de administración.
  • 12. Proponer políticas de su área de competencia.
  • 13. Mantener un catastro, estadísticas e indicadores actualizados de la gestión de la Dirección.
  • 14. Canalizar, atender y solucionar o proponer soluciones, a las solicitudes, sugerencias y reclamos que la comunidad represente en esa unidad.
  • 15. Cumplir las demás Funciones que la legislación vigente o el(la) Alcalde(sa) le asigne.

 


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